Pago de la hipoteca después del divorcio
La sala primera del Tribunal Supremo en sentencia de 28 de marzo de 2011, estableció que, en el caso de divorcio de una pareja, el pago de las cuotas de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para adquirir la vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales y no una carga del matrimonio, por lo que deberán ser abonadas a partes iguales entre los dos. Según explica la sentencia, dichas cuotas deberán ser pagadas por mitad entre los cónyuges propietarios mientras no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales. Este fallo judicial sienta jurisprudencia para un...
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